Señor trabajador , si a usted le están pagando de menos en su
trabajo, reclame que le paguen el justo salario que se establece legalmente, no
permita que la empresa lo atropelle y avasalle sus derechos , nosotros somos
abogados laborales y realizamos todo tipo de telegramas laborales para reclamar
que la empresa regularice su situación laboral y le pague el salario como
corresponde conforme a lo que se establece en la escala salarial para cada
actividad, para ello se le establece a la empresa un plazo legal de 48 horas para que regularicen su situación
laboral y le paguen todo el dinero que le deben en concepto de diferencias de
salarios, y si transcurridos las 48 hs la empresa guarda silencio, no
regularizo su situación o niega adeudarle dinero alguno, nosotros accionamos
legalmente y judicial para conseguir que
la empresa le pague todo el dinero que le debe Estimado trabajador la duración
del trabajo no podrá exceder de 8 (ocho) horas diarias o 48 (cuarenta y ocho) horas semanales para toda
persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque
no persigan fines de lucro.
No están comprendidos en las disposiciones de
esta ley, los trabajos agrícolas, ganaderos y los del servicio doméstico, ni
los establecimientos en que trabajen solamente miembros de la familia del jefe,
dueño, empresario, gerente, director o habilitado principal.
La limitación establecida por esta ley es
máxima y no impide una duración del trabajo menor de 8 horas diarias o 48
semanales para las explotaciones señaladas
Entre el cese de una jornada y el comienzo de
la otra deberá mediar una pausa no inferior a doce (12) horas.
SI usted
trabaja más de 8 horas por día o más de 48 horas semanales
Le tienen que pagar las horas extras
trabajadas correctamente, y si así no lo hiciere la empresa usted tiene el
derecho legal de defenderse y reclamar judicialmente que la empresa regularice
su situación laboral y que le paguen todas las horas extras trabajadas que se
encuentran sin pagar. Nosotros LE
COBRAREMOS AL FINALIZAR EL RECLAMO, NO ANTES.
RECLAMAMOS EN PAGO DE:
A) indemnización por despido
B) indemnización por trabajo en negro
C) indemnización por accidentes de trabajo
D) indemnización por enfermedad originada en
el trabajo
E) art
F) licencia por enfermedad
G) indemnización por acoso laboral
H) horas extras impagos
I) suspensiones
J) diferencias de salarios
K) indemnización por despido por maternidad
L) indemnización por despido por matrimonio
M) indemnización por despidos por enfermedad
N) modificación de las condiciones laborales
ATENDEMOS DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE
10 A 20 HS,
SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS.
ESTAMOS EN AVENIDA CORRIENTES 1922, PISO 9,
OFICINA 91
. CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE.
TEL: 4951-9873 / 4880-4839.
CEL. 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP)
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