SEÑOR TRABAJADOR, debe saber que Las personas desde los dieciséis (16) años
de edad están facultadas para estar en
juicio laboral en acciones vinculadas al contrato o relación de trabajo,
pudiendo exigir en cualquier momento el cumplimiento por cualquier
circunstancia de sus derechos laborales,
y accionar legalmente para que se respeten las
garantías laborales establecidas constitucionalmente.
Dicho esto con motivo de que usted sepa que a partir de esa edad usted
puede exigir legalmente en sede administrativa o en sede judicial las
indemnizaciones que le corresponde a causa de irregularidades de la empresa.
Nosotros defendemos a todos los trabajadores, de todas las edad, de todas
las nacionalidades y de todos los rubros laborales, todas las categorías
laborales.
Las consultas son gratis
RECLAMAMOS
EL PAGO DE :
A)
indemnización por despido
B)
indemnización por trabajo en negro
C)
indemnización por accidentes de trabajo
D)
indemnización por enfermedad originada en el trabajo
E)
art
F)
licencia por enfermedad
G)
indemnización por acoso laboral
H)
horas extras impagos
I)
suspensiones
J)
diferencias de salarios
K)
indemnización por despido por maternidad
L)
indemnización por despido por matrimonio
M)
indemnización por despidos por enfermedad
N)
modificación de las condiciones laborales
TEL
: 4951-9873 / 4880-4839.
CEL
. 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP)
ATENDEMOS
EN AVENIDA CORRIENTES 1922, PISO 9, OFICINA 91
. CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE DE
LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS EN
EL ESTUDIO. SOLO MENSAJES POR WHATSAPP O LLAMADAS AL CELULAR 15-3259-3054