Señor trabajador, defienda sus derechos,
defiéndase de su empleador, si usted fue despedido de su empleo, hay algo que
debe usted tener bien presente, para poder defenderse y poder reclamar sus
derechos laborales. Debe prestar mucha atención a lo que se dispone en el Art.
242 de la ley 20.744, ya que este artículo establece que el empleador podrá
hacer denuncia del contrato de trabajo en caso de inobservancia por parte del
trabajador de las obligaciones resultantes del mismo que configuren injuria y
que, por su gravedad, no consienta la prosecución de LA RELACIÓN JURÍDICA
LABORAL. El empleador siempre puede despedir al trabajador sin pagarle nada
siempre que pueda probar y demostrar que el trabajador a incumplido con sus
obligaciones laborales como trabajador de la empresa y que tales
comportamientos configuran una injuria grave, en tal caso el despido es
justificado. Pero si así no fuera, la empresa está obligada a pagarles a los
trabajadores una indemnización por un despido que no puede ser demostrado como
justificado, es decir que la empresa siempre debe paga la indemnización por
despido cuando despida al trabajador sin causa o con una causa que no es grave
y que no configura injuria. Por tal motivo señor trabajador, si usted fue
despedido, reclame la indemnización que le corresponde, nosotros podemos ayudarlo
a que le paguen la indemnización que le corresponde. Somos abogados laborales
de gran trayectoria y asesoramos a los trabajadores sin cargo, las consultas
son gratis y el asesoramiento el sin compromiso y sin cargo alguno. Solo
cobramos al finalizar el reclamo legal a resultado favorable, es decir solo nos
paga si usted cobra su indemnización ASESÓRESE CON NOSOTROS, EL ASESORAMIENTO
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